IMPUESTO MÍNIMO GLOBAL EN LA UE

IMPUESTO MÍNIMO GLOBAL EN LA UE

Algunos elementos del proyecto de ley presentado por el gobierno de los Países Bajos son:

  • Se presenta como una ley fiscal independiente («Ley del impuesto mínimo de 2024») y no como parte de la ley del impuesto de sociedades de 1969 de los Países Bajos.
  • Hay una referencia mínima a los enfoques conceptuales de las leyes fiscales en los Países Bajos, en lugar de a los términos y definiciones utilizados en las normas modelo del Segundo Pilar.
  • Es un impuesto basado en la devolución, lo que significa que las autoridades fiscales no necesitarán demostrar un hecho nuevo al realizar ajustes. Cada entidad del grupo responderá solidariamente.
  • Aunque las normas modelo del Segundo Pilar aplican varios ajustes a las cuentas comerciales al determinar el denominado ingreso GloBe, no todas las diferencias locales están cubiertas. Por ejemplo, la exención de participación en los Países Bajos puede aplicarse a una participación accionarial del 5 %, mientras que los ingresos de GloBe solo se corrigen para los dividendos recibidos de participaciones accionariales del 10 % o más o que se mantienen económicamente durante al menos un año. En tales situaciones, se reducirá el tipo impositivo efectivo según las normas modelo del Segundo Pilar, lo que podría tener consecuencias adversas. Otros ejemplos que dan lugar a consecuencias similares pueden incluir pérdidas de liquidación deducibles de impuestos, la caja de innovación en los Países Bajos y la aplicación del régimen fiscal de tonelaje neerlandés.
  • Contiene una norma de inclusión de ingresos, una norma de ganancias subtributadas y un Impuesto de complemento mínimo nacional cualificado. Esta última norma ha sido presentada por la OCDE como opcional, y garantiza que las ganancias de las entidades en los Países Bajos con impuestos bajos que forman parte de un grupo del Segundo Pilar se complementen primero localmente, evitando así que otras jurisdicciones del grupo graven estas ganancias en los Países Bajos con impuestos bajos.

Los contribuyentes del impuesto de sociedades ahora deberán comenzar a hacer preparativos y a analizar las consecuencias de esta legislación de gran alcance. Uno de los factores que complican la situación es que muchos elementos técnicos, orientativos y documentales de las normas modelo del Segundo Pilar que sirven como referencia principal para la Propuesta aún se están discutiendo y negociando en París en la OCDE.