Obligación de informar sobre la movilidad del trabajador

Obligación de informar sobre la movilidad del trabajador

A partir del 1 de julio de 2024 (y no del 1 de enero de 2024), los grandes empresarios deberán facilitar datos sobre los desplazamientos y el tráfico profesional de sus empleados. El objetivo es ayudar a los empresarios a hacer una elección consciente en favor de la movilidad sostenible y reducir las emisiones de CO2 en el tráfico. Esta iniciativa surge del Acuerdo sobre el clima y se ha detallado en el decreto sobre "Reducción de las emisiones de CO2 por la movilidad de los trabajadores" (decreto)¿Qué implica esta obligación de informar y qué significa para los empresarios?

Acuerdo sobre el clima
Uno de los objetivos del Acuerdo sobre el clima es reducir la emisión de gases de efecto invernadero. Los empresarios pueden contribuir, por ejemplo, permitiendo que sus empleados trabajen desde casa o que se desplacen en transporte público, bicicleta o coche eléctrico. Ahí es donde entra en juego la obligación de informar.

¿Qué es la obligación de informar?
La obligación de informar significa que cada año los grandes empresarios deben informar sobre el número total de kilómetros recorridos por sus empleados para la organización. En otras palabras: los kilómetros recorridos por trabajo. La Agencia Empresarial Neerlandesa ('RVO') ha desarrollado un formulario digital que los empresarios tienen que rellenar. Entre los datos que deben recopilarse y registrarse figuran los siguientes: desplazamientos y tráfico profesional, kilómetros recorridos, tipo de transporte y tipo de combustible. Se debe distinguir entre viajes en coche, motocicleta, ciclomotor/scooter, bicicleta/a pie y transporte público. Solo deben tenerse en cuenta los viajes que comiencen o terminen en los Países Bajos. No es necesario que los empresarios notifiquen los viajes en avión o en barco.

Partiendo de la información facilitada, la plataforma digital de la RVO calcula automáticamente las emisiones de CO2. Una vez cumplimentado el formulario, los empresarios recibirán un informe en el que se indica su clasificación en hacer más sostenible la movilidad de los trabajadores. El informe también incluirá consejos prácticos sobre cómo hacer (aún más) sostenibles los desplazamientos al trabajo y la movilidad empresarial.

En mayo de 2023, el Gobierno publicó una directriz (en neerlandés) para los empresarios, sobre cómo prepararse para la obligación de informar. La directriz contiene consejos prácticos para recopilar la información necesaria.

Organizaciones con 100 o más empleados
La obligación de informar se aplica a las organizaciones (empresas o personas jurídicas) con 100 o más trabajadores que ofrecen a sus empleados prestaciones de movilidad (como una asignación económica, billetes de transporte público, bicicletas, ciclomotores, coches, motocicletas u otras prestaciones para desplazamientos al trabajo o movilidad profesional). Los empresarios que no ponen a disposición de sus empleados ninguna prestación en materia de movilidad no tienen obligación de informar.

La fecha de referencia para determinar el número de empleados es el 1 de enero del año objeto del informe. No importa si el número de empleados cambia a lo largo del año. Para determinar el número total de empleados de una organización, hay que sumar los empleados de todos los establecimientos inscritos bajo el mismo número en la Cámara de Comercio. El término "trabajador por cuenta ajena/empleado" se define como "la persona física que, a 1 de enero del año del que da cuenta el empresario, está obligada a desempeñar al menos veinte horas de trabajo remunerado al mes para una empresa o persona jurídica, en virtud de un contrato de trabajo o de un nombramiento de derecho público". El término "trabajador por cuenta ajena/empleado" no incluye, por ejemplo, a los trabajadores en comisión de servicios, los trabajadores temporales y los voluntarios.   

Fecha de entrada en vigor
El Consejo de Ministros decidió recientemente que el decreto no entrará en vigor el 1 de enero de 2024, como se había anunciado anteriormente, sino el 1 de julio de 2024. Se aconseja a los grandes empresarios que pongan en orden sus registros, ya que deben presentar la información solicitada para 2024 a más tardar el 30 de junio de 2025. Ya pueden presentar información de forma voluntaria todas las organizaciones, incluidas las que tienen menos de 100 empleados.

Estándar
En 2026, el Ministerio de Infraestructuras y Gestión del Agua evaluará la reducción de CO2 lograda en 2024 y 2025. Si las organizaciones van por buen camino, no se ampliará la obligación de informar. En caso contrario, es posible que se introduzca una norma legal para imponer viajes más inteligentes y sostenibles.