Impacto fiscal de los nuevos planes de la coalición

Impacto fiscal de los nuevos planes de la coalición

  • A los efectos del impuesto sobre sociedades, la norma genérica de limitación de la deducción de intereses sobre los gastos netos por intereses (regla de reducción de los ingresos imponibles) actualmente tiene un umbral de 1 millón de euros o el 20 % del EBITDA, el que sea mayor. Este porcentaje se incrementará al 25 %, lo que está en línea con la media de la UE. Cabe señalar que el gobierno actual expresó su intención de ajustar la regla de reducción de los ingresos imponibles en relación con el umbral de 1.000.000 EUR para las entidades inmobiliarias en 2025. Hasta ahora, no hay ninguna referencia a esta intención en los planes, por lo que no está completamente claro cuál es la situación. 
  • A los efectos de la retención a cuenta aplicable a los dividendos en los Países Bajos, el Parlamento neerlandés ha modificado el Plan Fiscal 2024. Debido a ello, se abolió la exención de retención a cuenta aplicable a los dividendos para la recompra de acciones propias para sociedades cotizadas. Según el acuerdo provisional, la medida será revertida.
  • A los efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, los ingresos derivados de participaciones sustanciales (es decir, participaciones del 5 % o más) de los contribuyentes en personas jurídicas, estarán sujetos al impuesto sobre la renta de las personas físicas en la Casilla II. El tipo impositivo sobre los ingresos de la Casilla II superiores a 67.000 EUR se incrementó del 31 % al 33 % (véase la alerta fiscal) mediante una enmienda del parlamento neerlandés. Está previsto revertir esta enmienda y reducir el tipo del impuesto sobre la renta de las personas físicas al 31 %.
  • A efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, los ingresos derivados de ahorros e inversiones estarán sujetos al impuesto sobre la renta de las personas físicas en la Casilla III. También está previsto reducir este tipo en concreto.
  • Las medidas fiscales para las donaciones a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de sociedades se limitarán a partir de 2025. Las donaciones a organizaciones benéficas que cumplan los requisitos son actualmente deducibles, sujeto a determinadas condiciones, a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de sociedades.

En el plan no se analizan algunos elementos, como la reducción del régimen para expatriados (conocido como la norma del 30 %) ni el nuevo régimen de la Casilla III. Se espera que los planes se propongan en el día de la presentación del presupuesto, en septiembre de este año.