La ley provisional sobre liquidación transparente y acelerada entrará en vigor el 15 de noviembre de 2023

La ley provisional sobre liquidación transparente y acelerada entrará en vigor el 15 de noviembre de 2023

La ley provisional sobre liquidación transparente y acelerada entrará en vigor el 15 de noviembre de 2023. Con esta alerta, nos gustaría ponerles al día brevemente sobre lo que implica este proyecto de ley.

Contenido de la propuesta legislativa
Obligación de rendición de cuentas y divulgación

La liquidación acelerada (turboliquidación) se refiere a la disolución (por iniciativa propia) de entidades legales sin activos según se define en el Artículo 2:19 del Código Civil Neerlandés (CCN). El cuarto párrafo del Artículo 2:19 CCN refleja la esencia de la liquidación acelerada: si en el momento de la disolución la entidad legal ya no tiene activos, cesará de existir. El tiempo de disolución coincide con el tiempo de terminación de la entidad legal. La Ley de Transparencia de la Liquidación Acelerada (Medidas Provisionales) (Tijdelijke wet transparantie turboliquidatie) aumenta la transparencia en relación con la liquidación acelerada. De esta manera, el gobierno de los Países Bajos tiene como objetivo prevenir el abuso al liquidar entidades legales a través de la liquidación acelerada, sobre todo  en aquellos casos en los que la entidad legal deja de existir dejando deudas pendientes.

La propuesta legislativa establece una obligación de rendición de cuentas y divulgación para los consejos de administración. Si la entidad legal se disuelve mediante una liquidación acelerada, el consejo de administración debe presentar los siguientes documentos en el registro mercantil de la Cámara de Comercio dentro de los catorce días posteriores a la disolución:

  • un balance y una cuenta de resultados relacionados con el ejercicio en el que se disolvió la entidad legal (si en el momento de la disolución aún no se han hecho públicos los estados financieros para ese año, también se debe presentar un balance y una cuenta de resultados del año anterior);
  • una declaración escrita de las razones de la falta de activos en el momento de la disolución, el motivo de la no liquidación de los acreedores (si corresponde) y la forma en que se han realizado los activos de la entidad legal y se han distribuido los ingresos (si corresponde);
  • los estados financieros de los ejercicios anteriores al ejercicio en el que se disolvió la entidad legal, si existe una obligación legal de hacerlo que aún no se ha cumplido, incluido un informe de auditoría, si corresponde.

Además, el consejo de administración debe notificar por escrito a los acreedores de la entidad legal disuelta sobre esta presentación de documentos sin demora.

Descalificación de administradores
La propuesta legislativa también introduce una descalificación de la dirección de derecho civil para los administradores (actuales y anteriores) o administradores de facto si la entidad legal ha sido disuelta por un decreto de disolución o una decisión de la Cámara de Comercio y ha dejado de existir simultáneamente mientras uno o más acreedores no han sido pagados en su totalidad o en parte. La descalificación civil del administrador es una posibilidad legal para imponer una descalificación del consejo de administración a los administradores que cometen fraude en la quiebra o son culpables de mala gestión en la preparación de una quiebra. La prohibición impide temporalmente a los administradores gestionar entidades legales.

En el caso de que haya deudas pendientes, la propuesta legislativa permite la descalificación de los administradores si:

  • no cumplieron con las obligaciones de presentación propuestas en una liquidación acelerada (ver arriba);
  • han perjudicado deliberadamente de manera significativa a uno o más acreedores en el período previo a la disolución, o
  • han estado involucrados repetidamente en una disolución sin activos que deje deudas o en quiebras y se les responsabilice personalmente por ello.

Carácter temporal
La propuesta legislativa tiene un carácter temporal de dos años, pero también contiene la posibilidad de prorrogarlo si se tiene la intención de introducir las medidas de esta ley de forma permanente.

La principal razón de su carácter temporal es que la ley puede introducirse rápidamente, sin necesidad de una modificación legislativa estructural. Esto se debe a que el Ministro de Protección Jurídica espera un aumento en el número de empresarios que desean cesar su actividad debido a la pandemia de COVID-19. Esto conlleva un mayor riesgo de abuso de la liquidación acelerada.